La Justicia declara inconstitucional el DNU 70/23 y limita aumentos en cuotas de prepagas

La Cámara Federal de La Plata determinó que el DNU 70/23 vulnera la Constitución, estableciendo que los incrementos en las cuotas de prepagas deben ajustarse al Índice de Precios al Consumidor (IPC) y ordenó el reintegro de los aumentos aplicados.

Prepagas

Contexto del Decreto y Acción Judicial

En diciembre de 2023, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, que desregulaba los aumentos en las cuotas de los servicios de medicina prepaga, permitiendo incrementos sin restricciones. Esta medida fue impugnada por un afiliado que experimentó un aumento del 78% en su cuota mensual, considerándolo arbitrario y contrario a la Constitución Nacional. El afiliado presentó una acción de amparo contra las prepagas YPF Obra Social y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE), solicitando la nulidad de los aumentos y el reintegro de los montos abonados en exceso.

Fallo Judicial y Fundamentos

La Cámara Federal de La Plata evaluó la constitucionalidad del DNU 70/23 y determinó que su aplicación afectaba los derechos de los usuarios y excedía las facultades del Poder Ejecutivo. El tribunal señaló que la desregulación de los aumentos debía estar sujeta al control de la Autoridad de Aplicación, establecida por la Ley 26.682, y que dicha potestad no podía ser suprimida por un decreto presidencial. Además, enfatizó que la falta de justificación en la urgencia de la medida comprometía el equilibrio del sistema republicano y los principios constitucionales.

Implicancias para los Usuarios y el Sistema de Salud

Como resultado del fallo, las empresas de medicina prepaga están obligadas a ajustar sus incrementos en las cuotas de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de forma acumulativa. Asimismo, deben reintegrar a los afiliados los montos cobrados en exceso desde la implementación del DNU 70/23. Esta decisión refuerza la necesidad de garantizar la protección de los derechos de los usuarios y la transparencia en la regulación de los servicios de salud, asegurando que los aumentos sean razonables y justificados.

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