OSPJN debe cubrir el 100% de la leche medicamentosa para un bebé con APLV

El Juzgado Civil y Comercial Federal N° 10 dictó una medida cautelar que ordena a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación otorgar la cobertura integral de la fórmula "AMINOMED" para un lactante de seis meses con Alergia a la Proteína de la Leche de Vaca, protegiendo el derecho a la salud y el interés superior del niño.

Representación del cuidado de un lactante con su alimento bajo la protección de la justicia y los derechos de la niñez

En una resolución de gran trascendencia para la protección de la primera infancia y el acceso a tratamientos pediátricos especializados, el Juzgado Civil y Comercial Federal N° 10 ordenó una medida cautelar en favor del menor R.S.D., de seis meses de edad. El fallo obliga a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN) a garantizar la provisión inmediata y al 100% de la fórmula medicamentosa de base aminoacídica "AMINOMED", vital para el tratamiento de su diagnóstico de alergia alimentaria.

El diagnóstico de APLV y la reducción unilateral de la cobertura

El menor, nacido en enero de 2026, fue diagnosticado con Alergia a la Proteína de la Leche de Vaca (APLV) tras presentar un cuadro clínico severo que incluyó sangre en las deposiciones, reflujo gastroesofágico, cólicos severos y distensión abdominal, síntomas que requirieron su internación médica. Luego de evaluar diversas fórmulas sin éxito, su médica gastroenteróloga prescribió la fórmula especial AMINOMED, logrando una notable mejoría y tolerancia digestiva en el paciente.

Pese a que la OSPJN había autorizado inicialmente el tratamiento al 100% por un lapso de seis meses, al cumplir el niño el medio año de vida, la prestadora notificó de manera unilateral una reducción en la entrega de la leche medicamentosa, recortando cuatro latas mensuales del esquema necesario. Ante este recorte y el silencio de la entidad médica tras el envío de una carta documento formal el 7 de agosto de 2026, la madre del menor inició una acción de amparo de salud.

Los fundamentos normativos y la protección de la primera infancia

El Juez subrogante Patricio Maraniello, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 10, estructuró su decisión sobre la base del derecho fundamental a la salud y a la vida, con especial énfasis en el "interés superior del niño" consagrado por la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061 de Protección Integral.

Entre los pilares jurídicos que respaldaron el fallo se destacan:

  • La Ley 27.305, que establece la obligatoriedad de la cobertura integral (100%) y sin límite de edad de leches medicamentosas para pacientes diagnosticados con APLV, incorporándolas expresamente al Programa Médico Obligatorio (PMO).
  • La Ley 27.611 (conocida como "Ley de los Mil Días") y su Decreto Reglamentario 515/2021, que consagran la gratuidad y el acceso a leches y fórmulas especiales para el crecimiento y desarrollo en la primera infancia.
  • La Resolución 2165/2021 de la Superintendencia de Servicios de Salud, que ratifica la obligatoriedad del 100% de cobertura en estos desórdenes gastrointestinales.

El magistrado recordó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual señala que las obras sociales no deben limitar sus prestaciones a un "piso mínimo", sino adecuarse a las necesidades individuales de los afiliados indicadas por los profesionales tratantes, quienes son los responsables definitivos de la salud del paciente.

La resolución judicial y las condiciones de la cobertura

El Juzgado ordenó a la OSPJN cumplir en un plazo improrrogable de dos días con la provisión del 100% de la leche medicamentosa AMINOMED, según lo prescripto por la médica tratante Dra. Anouk, bajo apercibimiento de aplicar astreintes (multas de carácter diario) en caso de desobediencia.

Como medida de seguimiento razonable vinculada al desarrollo y la evolución biológica del menor, la justicia dispuso que la parte actora deberá presentar un informe médico de actualización cada tres meses expedido por el profesional tratante, garantizando de esta manera la justificación científica del mantenimiento del esquema nutricional indicado.

Preguntas Frecuentes sobre la cobertura de leche medicamentosa por APLV

¿Qué es la Alergia a la Proteína de la Leche de Vaca (APLV) y qué cobertura legal tiene en Argentina?

La APLV es una reacción inmunológica del organismo ante las proteínas presentes en la leche vacuna, común en lactantes. En Argentina, la Ley 27.305 garantiza la cobertura total e integral (100%) de las leches y fórmulas medicamentosas indicadas para esta afección, incluyéndolas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) de obras sociales y prepagas, sin límites de edad ni de consumo.

¿Qué establece la "Ley de los Mil Días" (Ley 27.611) respecto a la alimentación infantil?

La Ley 27.611 tiene como objetivo el cuidado integral de la salud y la vida de las personas gestantes y de los niños y niñas en la primera infancia. A través de su reglamentación (Decreto 515/2021), determina que la provisión de fórmulas alimentarias especiales o leches de prescripción debe ser cubierta al 100% de manera gratuita por las obras sociales, prepagas y el Estado, según corresponda a la afiliación del menor.

¿Puede una obra social reducir la cantidad de latas de fórmula medicamentosa de manera unilateral?

No. Las obras sociales y prepagas deben respetar la cantidad y tipo de fórmula prescripta por el médico o médica pediatra o gastroenterólogo tratante. Cualquier reducción arbitraria, bajo pretextos como el cumplimiento de determinada edad (por ejemplo, los seis meses), vulnera la Ley de Leches Medicamentosas y la protección integral a la salud infantil.

¿Qué pasos debo seguir si la prestadora de salud me niega la entrega de leche especial?

Primero, es fundamental contar con la receta y un informe médico detallado del pediatra o especialista que fundamente la necesidad de la fórmula. Luego, se debe presentar la solicitud formal por escrito. Ante una negativa expresa, demoras injustificadas o silencio por parte de la obra social, es recomendable consultar con profesionales en derecho a la salud para iniciar una acción de amparo de salud con pedido de medida cautelar.