La Cámara Federal ordena al Hospital Italiano cubrir asistencia domiciliaria 24/7 para un paciente con depresión severa

La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal modificó un fallo de primera instancia para garantizar la cobertura de internación domiciliaria de un afiliado de 59 años con trastorno depresivo recurrente, estableciendo que la prepaga debe abonar los valores correspondientes al Nomenclador de Discapacidad.

Un asistente de salud brindando apoyo y compañía a un hombre en su domicilio en un ambiente de cuidado y respeto

En un fallo que refuerza la protección de los pacientes con patologías de salud mental, la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal dictó una medida cautelar en favor del Sr. J.A.C., afiliado a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires (Hospital Italiano). La resolución obliga a la entidad de medicina prepaga a otorgar la cobertura de asistencia domiciliaria las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

El cuadro clínico y la necesidad de acompañamiento permanente

El amparista, de 59 años, cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD) debido a que padece un "Trastorno depresivo recurrente". Según los informes médicos presentados en la causa, su cuadro psiquiátrico afecta severamente su vida diaria, impidiéndole manejarse de forma autónoma.

El Dr. Claudio Yudewitz, médico tratante, destacó que el paciente requiere acompañamiento continuo para diversas funciones vitales, tales como el control, preparación y toma de medicación, asistencia en su higiene personal y baño, así como supervisión constante en salidas al exterior. Ante este escenario, la asistencia en el domicilio se volvió una prescripción médica indispensable para su seguridad y estabilidad emocional.

La decisión de la Cámara: Ajuste de la cobertura

Si bien en primera instancia se había reconocido el derecho al asistente domiciliario, la actora apeló buscando una mejora en los términos de la cobertura económica. Los jueces de Cámara, Florencia Nallar, Juan Perozziello Vizier y Fernando Alcides Uriarte, analizaron la normativa vigente y la falta de prestadores propios ofrecidos por el Hospital Italiano para cubrir esta necesidad específica.

El Tribunal resolvió que, ante la ausencia de prestadores de la red de la prepaga con disponibilidad y aptitud, corresponde que la entidad cubra la prestación mediante prestadores ajenos, pero ajustando el valor a los parámetros del Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.

Alcance económico de la resolución

La Cámara determinó que la cobertura de la internación domiciliaria debe equipararse a los valores reconocidos en el Nomenclador para el módulo "Hogar Permanente con Centro de Día, categoría A", adicionando un 35% por concepto de dependencia. Este criterio busca garantizar que el monto del reintegro o pago directo sea suficiente para cubrir un servicio de calidad que se ajuste a la gravedad del cuadro del Sr. J.A.C.

Finalmente, los magistrados impusieron las costas del proceso a la demandada vencida, fundamentando que la prepaga no proporcionó la cobertura idónea de forma extrajudicial, configurando así un acto lesivo contra el derecho a la salud del afiliado.

Preguntas frecuentes sobre asistencia domiciliaria y salud mental

¿La depresión está cubierta por la Ley de Discapacidad en Argentina?

Sí, cuando un trastorno depresivo es recurrente o severo y genera una limitación funcional significativa en la vida del paciente, este puede tramitar el Certificado Único de Discapacidad (CUD). Una vez obtenido, el paciente tiene derecho a la cobertura del 100% de los tratamientos y apoyos necesarios según la Ley 24.901.

¿Qué sucede si mi prepaga no tiene asistentes domiciliarios en su cartilla?

Si la obra social o prepaga no cuenta con prestadores propios o contratados para brindar la asistencia domiciliaria prescrita, el afiliado tiene derecho a contratar a profesionales particulares. En estos casos, la justicia suele ordenar que la entidad cubra los costos tomando como referencia los valores del Nomenclador Nacional de Discapacidad.

¿Qué es el adicional del 35% por dependencia en las prestaciones de salud?

Es un incremento que se aplica sobre el valor base de ciertos módulos (como el de Hogar) cuando el paciente presenta una dependencia total o severa para las actividades de la vida diaria (higiene, alimentación, movilidad). Este adicional reconoce la mayor complejidad y carga horaria que requiere el cuidado de dicha persona.

¿Cómo inicio un reclamo para obtener asistencia domiciliaria 24 horas?

El primer paso es contar con una prescripción médica detallada que justifique la necesidad de asistencia permanente. Luego se debe presentar la solicitud formal ante la obra social o prepaga. Ante una negativa, silencio o cobertura insuficiente, se puede interponer una acción de amparo de salud con una medida cautelar para obtener la cobertura inmediata.