Oficial: Aumentan los Aranceles de Discapacidad a partir de Octubre 2025 tras un año de congelamiento

Mediante la Resolución Conjunta 2/2025, la Agencia Nacional de Discapacidad y el Ministerio de Salud establecieron un aumento escalonado que alcanza el 35,43% para prestaciones clave como Hogar Permanente. La medida impacta directamente en la cobertura de las obras sociales y prepagas y en la fijación de los montos para cuidadores domiciliarios.

Gráfico de aumento de valores del nomenclador de discapacidad con símbolos de una casa y una persona recibiendo cuidados

Luego de un largo período de reclamos por parte de prestadores y familias, el Gobierno Nacional oficializó la actualización del Nomenclador del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral para Personas con Discapacidad. La última actualización había sido en diciembre de 2024, dejando los valores significativamente desfasados frente a la inflación.

La Resolución Conjunta 2/2025 del Ministerio de Salud y la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), publicada el 30 de octubre de 2025, establece un incremento en tres tramos (octubre, noviembre y diciembre de 2025), que lleva algunas prestaciones a un aumento total del 35,43%. Esta medida es fundamental para garantizar la sostenibilidad del sistema y la continuidad de tratamientos y apoyos esenciales.

Análisis del Aumento: Hogar Permanente y Hogar con Centro de Día

Dos de las prestaciones más sensibles y de mayor impacto, destinadas a personas con un alto nivel de dependencia, son las de Hogar. La actualización busca recomponer el financiamiento que reciben estas instituciones por parte de las obras sociales y prepagas. Veamos la comparación para la Categoría A:

Hogar Permanente

  • Valor a Diciembre 2024: $1.247.265,55
  • Nuevo valor a Diciembre 2025: $1.689.196,68
  • Aumento Total: 35,43%

Hogar Permanente con Centro de Día (CD)

  • Valor a Diciembre 2024: $1.939.524,07
  • Nuevo valor a Diciembre 2025: $2.626.736,24
  • Aumento Total: 35,43%

El Impacto Directo en la Cobertura de Cuidadores Domiciliarios

Un aspecto importante de esta actualización es su efecto directo sobre la remuneración de los cuidadores domiciliarios cuya cobertura suele ser ordenada por la justicia a través de amparos de salud. En innumerables fallos, ante la falta de prestadores en cartilla, los jueces establecen que el monto a reintegrar por parte de la obra social o prepaga debe tomar como pauta o referencia el valor del módulo "Hogar Permanente".

Con el congelamiento de los aranceles, el monto que las familias recibían para cubrir este servicio se había vuelto insuficiente. A partir de esta resolución, el valor de referencia para la cobertura de cuidadores domiciliarios se incrementa en un 35,43%, lo que representa un alivio significativo y permite una remuneración más justa para quienes realizan esta tarea vital, garantizando la continuidad de los cuidados en el domicilio.

Esta obligación de cobertura integral se fundamenta en la Ley 24.901, que instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral, y en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (con jerarquía constitucional por Ley 27.044), que garantizan el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad.

Preguntas Frecuentes sobre el Aumento del Nomenclador de Discapacidad

¿Qué es el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad?

Es el instrumento legal (creado por la Ley 24.901) que establece el listado de prestaciones básicas para personas con discapacidad y fija los aranceles mínimos que las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben cubrir de forma obligatoria e integral (100%). Incluye desde transporte y rehabilitación hasta centros de día y hogares.

¿Cómo me afecta este aumento si tengo una prestación de Hogar Permanente?

El principal efecto es positivo para la sostenibilidad del servicio. El prestador (el hogar) recibirá un pago actualizado por parte de su agente de salud (obra social o prepaga), lo que ayuda a garantizar el mantenimiento de la calidad en la atención, las instalaciones y el personal a cargo, asegurando la continuidad de la prestación.

Mi amparo de salud establece que la prepaga debe cubrir un cuidador según los valores del Nomenclador, ¿qué debo hacer?

Debe informar a su abogado para que notifique a la obra social o prepaga sobre la nueva escala de valores. A partir de octubre de 2025, el cuidador deberá facturar según los nuevos montos establecidos en la Resolución 2/2025, y el agente de salud está obligado a reintegrar o abonar dichos importes actualizados. Es recomendable adjuntar una copia de la nueva normativa al presentar las facturas.

¿Los valores se aplican retroactivamente?

No. La resolución establece que los nuevos valores rigen a partir del 1° de octubre de 2025. El aumento se aplica en tres etapas: un primer incremento en octubre, un segundo en noviembre y el valor definitivo se alcanza en diciembre de 2025. Las prestaciones de meses anteriores se abonan con los valores vigentes en ese momento.